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El código ético, tiene por objeto reflejar los valores corporativos y los principios básicos que deben guiar la actuación de Master.D y de las personas que la integramos.

En base a ello, todos los empleados, colaboradores de la compañía, así como cualquier proveedor o cliente, deben actuar de forma transparente en sus actuaciones, manteniendo un comportamiento honesto y leal, estando libre de ofensas, explotación, intimidación, acoso y discriminación.

Este código ético contempla los principios y valores, el cumplimiento normativo, organismo de gestión y control, ámbito relacional interno y externo, conflicto de intereses, estafa comercial, tratamiento de la información y activos informáticos así como actualización y disponibilidad del código.

Código Ético (PDF, 5 kb)

MASTER DISTANCIA S.A.U con domicilio en Avd. Manuel Rodriguez Ayuso 158 y CIF A50715366 dispone de un canal ético con el objeto de que aquellos conocedores de infracciones graves o delitos cometidos durante el ejercicio de su actividad o relación con la compañía puedan informarla. El canal, es el instrumento de comunicación que integra el sistema interno de información de la organización,

Este canal no es un instrumento de comunicación de quejas laborales o mercantiles inter partes. El canal debe utilizarse de buena fe. Si la persona que utilice este canal actúa con consciencia de la falta de veracidad de los datos aportados, o con la única finalidad de denigrar a la persona o a la institución, se le podrán exigir las responsabilidades que correspondan.

¿Quién y que se puede informar?

Cualquier persona podrá utilizar este canal para informar sobre infracciones de Derecho de la Unión Europea y/o infracciones penales y administrativas graves o muy graves de nuestro ordenamiento jurídico en los términos establecidos en la ley 2/2023, así como de acciones que incumplan el Código Ético corporativo.

Confidencialidad y no represalia

Este sistema garantiza la confidencialidad de la persona reclamante y de cualquier tercero que aparezca en la comunicación tanto legal como técnicamente y permite el anonimato. Asimismo, el sistema se somete al principio de no represalia para cualquiera de los personas reclamantes o terceros. Cuando la organización tenga conocimiento de que la persona reclamante o informante ha sido objeto de actos de intimidación o de represalias, promoverá o ejercerá las acciones correctoras o restitutorias que sean oportunas.

Incidencias anónimas

La incidencia puede ser anónima; lo más importante es la verosimilitud de los hechos expuestos, no la persona que presenta dicha incidencia.

Tramitación y gestión de la incidencia

El envío de la incidencia genera automáticamente un número de recepción a disposición de la persona reclamante. La incidencia se traslada al GRUPO EDUCA HOLDCO S.L., en su calidad de encargado de tratamiento, con la finalidad de recepcionarla y derivarla a la empresa donde se hayan producido los hechos para iniciar la fase de análisis e investigación de la incidencia

Las tramitaciones se llevarán a cabo con la máxima reserva y confidencialidad, de acuerdo con la ley. En un plazo máximo de tres meses (prorrogable 3 meses más en caso de que la investigación sea especialmente compleja), la empresa comunicará a la persona reclamante el contenido de la resolución que se deriva de su incidencia. Cabe la posibilidad de mantener la comunicación con la persona reclamante o que se solicite información adicional.

Si de sus investigaciones se desprenden indicios de delito, se trasladarán los hechos a la Fiscalía o a la autoridad judicia

Para aumentar la transparencia y garantizar la imparcialidad del proceso, el canal ético es gestionado por una empresa externa en calidad de Encargado del Tratamiento, habiéndose desplegado los mecanismos técnicos y organizativos necesarios para garantizar que el proceso se lleva a cabo con las debidas garantías legales y de seguridad.