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Academia Oposiciones Observadores de Meteorología

¿Te interesa la meteorología? ¿Los cambios que se producen en el tiempo a diario? Y... ¿el cómo pueden afectar estos cambios en el clima?

La Oposición al Cuerpo de Observadores de Meteorología te da esta oportunidad de conocer e investigar todo lo referente a la meteorología y a los cambios climáticos.

Para ayudarte a superar esta oposición ponemos a tu disposición todo el material necesario y adaptado a la última convocatoria, además te ofrecemos un servicio completo a través de nuestro campus virtual de última generación y de cualquiera de nuestros centros ubicados por toda España. Un servicio basado en un seguimiento y una  planificación personalizada, profesores que resolverán tus dudas, clases en directo en donde te explicaremos aquellos conceptos más complejos, y actividades, ejercicios y evaluaciones que medirán tu progreso en el estudio.

MasterD te prepara con garantías para que una de estas plazas sea para ti.

Pruebas Oposiciones Observadores de Meteorología

El proceso selectivo para conseguir una plaza de Observador de meteorología es una oposición que consta de la superación de las siguientes pruebas:

Primer Ejercicio: prueba de conocimientos se divide en dos partes:

1ª parte: contestación por escrito de un cuestionario de un máximo de 70 preguntas en relación a las diferentes materias recogidas en el temario. En este examen se medirán los conocimientos de la persona aspirante.

2ª parte: consiste en resolver por escrito dos problemas que tendrá que elegir el opositor de 4 propuestos y que versarán sobre los conceptos del temario relativos a Matemáticas, Física, Meteorología y Climatología. Se valora tanto la correcta resolución, como los conocimientos demostrados y claridad del procedimiento desarrollado.

Segundo Ejercicio: Prueba de inglés:

Consistirá en una prueba de voluntaria y no eliminatoria de conocimientos del idioma inglés. Esta prueba solo se realizará para obtener puntuación extra.

Temario Oposiciones Observador de Meteorología

El temario de las oposiciones de Observador de Meteorología se compone de varias materias diferentes.

MasterD te ofrece el mejor temario para estas oposiciones de meteorología con un desarrollo total y exhaustivo de todos los temas de acuerdo a la última convocatoria publicada.

Temario General (7 temas)

  • Constitución Española de 1978.
  • La Administración Pública. La Administración General del Estado. La Administración de las Comunidades Autónomas. La Administración Local.
  • El procedimiento Administrativo.
  • Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • La gobernanza pública y el gobierno abierto.
  • Políticas de Igualdad de Género.

Temario Específico (46 temas)

  • Temario Matemáticas (9 temas).
  • Temario Física (10 temas).
  • Temario de Meteorología y climatología (16 temas).
  • Temario de Ciencias del Sistema Terrestre (6 temas).
  • Temario de Informática y Comunicaciones (5 temas).

Convocatoria Observadores de Meteorología

Las oposiciones de observadores de meteorología están en auge cada año se ofertan más plazas para conseguir ser funcionario en la Agencia Española de Meteorología (AEMET)

Las últimas convocatorias han sido estas:

  • Convocatoria 2019: 51 plazas (ofertas de empleo público 2018 y 2019)
  • Convocatoria 2021: 30 plazas (oferta de empleo público de 2020)
  • Convocatoria de 2023: 83 plazas (ofertas de empleo público de 2021 y parte de  2022)
  • Convocatoria de 2024: 51 plazas (ofertas de empleo parte de 2022 y 2023)
  • Convocatoria prevista para 2025: 73 plazas correspondientes a las ofertas de empleo público de 2024.

 

Aprobar Oposiciones Observadores de Meteorología

Una vez que consigas aprobar las oposiciones a Observadores de Meteorología estas son algunas de las funciones que vas a desarrollar:

  • Observar y registrar las condiciones meteorológicas de la atmósfera.
  • Supervisar las redes de observación y climatológica, garantizando la operatividad de las mismas. 
  • Informática meteorológica:
    • Desarrollo y mantenimiento de aplicaciones informáticas.
    • Operación de los equipos informáticos de carácter meteorológico. 
  • Calibración y mantenimiento de equipos para la observación meteorológica. 
  • Observación y difusión de los parámetros meteorológicos (presión, temperatura, viento, etc.) necesarios para usuarios específicos (aviación, Fuerzas Armadas, etc.) y para su utilización en la elaboración de predicciones, estudios climatológicos, investigación meteorológica y climatológica.

Ventajas de los Observadores de Meteorología

  • Estabilidad laboral: trabajar como Observador de Meteorología es trabajar como funcionario de carrera para la Administración General del Estado, un trabajo garantizado para toda la vida.
  • Desarrollo profesional: trabajar como observador de meteorología te permite poder disfrutar de un trabajo en diferentes áreas y diferentes puestos (bases militares, aeropuertos, centros meteorológicos, centros de investigación, etc…) Además de una posibilidad real de promoción interna a los Cuerpos de Diplomados y el Superior de Meteorólogos
  • Condiciones Económicas: la AEMET ofrece para Observadores de Meteorología un sueldo bruto anual de 25.000 -27.000 € brutos en 14 pagas, además de complementos como: insularidad, trienios, etc…
  • Flexibilidad laboral y conciliación: por regla general, las jornadas de los Observadores de Meteorología es de 37,5 horas en horario de invierno y en verano 32 horas. El horario obligatorio es de 9 a 14:30, el resto se reparte con límite desde las 7 a las 19h. Además, se permite teletrabajo de acuerdo con la normativa vigente.
  • Vacaciones y permisos: Los Observadores de Meteorología disponen de 22 días de vacaciones 6 días de asuntos propios, también se disponen de otros permisos estipulados para los funcionarios públicos.

Preparar Oposiciones de Observador de Meteorología

 

Requisitos de Oposiciones Observadores de meteorología

Quienes aspiren a ingresar deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los siguientes requisitos exigidos:

1. NACIONALIDAD:

  • 1.1. Tener la nacionalidad española.
  • 1.2. También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
    • a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
    • b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
    • c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.

2. CAPACIDAD: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3. EDAD: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Las bases específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho años para el acceso a los Cuerpos y Escalas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud.

4. HABILITACIÓN: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una Especialidad de un Cuerpo o Escala, no tener previamente reconocida la misma.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5. TITULACIÓN: poseer la titulación de Bachiller o Técnico o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (haber pagado las tasas para la expedición del título).

Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia, y los aspirantes con titulaciones no universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

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